El derecho a la vida significa tener la oportunidad
de vivir nuestra propia vida. Si no hay vida, no tiene sentido que existan los
demás derechos fundamentales.
El derecho a la vida es el que tiene
cualquier ser humano por el simple hecho de existir y estar vivo; se considera
un derecho fundamental de la persona. La vida es el derecho
más importante para los seres humanos.
El derecho a la vida es aquel derecho natural, originario y
primario es decir es un derecho fundamental que posee todo ser humano, desde el
momento en que empieza su vida hasta la muerte, a ser y a existir de
acuerdo con su dignidad.
El derecho a la vida implica:
- Es
un derecho natural, hace referencia que es un derecho
fundamental, como la vida misma; por ejemplo el honor es un derecho
natural.
- Es
un derecho originario, por que procede de
la naturaleza humana considerada en sí misma, por lo tanto
es un derecho propio de los hombres en cualquier estadio de
la historia humana.
- Es
un derecho primario, porque representa a un bien fundamental de
la naturaleza humana.
Se dice que es el derecho fundamental porque derivan todos
los demás derechos; la vida humana es el sustentáculo en que
todos los derecho se afirman y sin el cual ninguno tendría realidad, todo
derecho a de apoyarse en su base natural, en el derecho de vivir.
¿Qué tiene todo ser humano?
La vida humana como derecho la tiene todo ser humano, sin
distinción alguna por motivos de raza, sexo , color ,
idioma, religión , opinión política o cualquier otra
condición: nacido o no nacido, joven o viejo, enfermo o saludable, con
apariencia humana o con malformaciones físicas, etc. Allí donde hay un ser
humano, allí está en toda su integridad, el derecho a la vida. Por lo cual se
afirma en toda su integridad EL DERECHO A LA VIDA, como propiedad esencial
de la vida humana como derecho.
¿Un nuevo ser vivo?
El derecho a la vida, se tiene durante todo el proceso vital;
proceso que empieza con la fertilización, esto es en el momento en que el
ovulo es fecundad por el espermatozoide. Este proceso culmina con la muerte.
Hay quienes pretenden afirmar que el derecho a la vida se
tiene desde el momento del nacimiento, como si con esa condición aflorase la
vida humana, " el individuo no
comienza con el nacimiento que es un hecho accidental respecto a la existencia
misma del ser humano, en esa circunstancia o condición por importante que sea,
sino en el momento de la concepción, momento en el que se forma un nuevo ser
vivo miembro de la especia humana, distinto tanto del padre como de la madre,
por lo que pertenece a todo individuo de la especie humana, con independencia de
cualquier condición".
Es necesario precisar que el derecho a la vida resulta ser
bastante importante no sólo en el derecho civil,
sino también en el derecho
constitucional, al igual que otros derechos de la persona humana:
Toda persona tiene derecho:
1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral,
psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El
concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.
Protección a la vida
De acuerdo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, las personas pueden actuar libremente, su vida no puede ser
suprimida arbitrariamente, no se pueden tolerar los medios para
impedir su desarrollo físico,
emocional y social. Asimismo, el Estado tiene
el deber de realizar acciones de prevención y sanción del delito de genocidio;
prohibir la tortura, las penas crueles, inhumanas y degradantes.
Ante ese marco, sí se puede afirmar que la persona es un ser
con fines propios, y estos fines sólo pueden ser realizados por decisión personal,
estar exento de la imposición de otros individuos y de la coacción de los
poderes públicos que interfieran con la realización de estos fines.
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