El derecho a la vida significa tener la
oportunidad de vivir nuestra propia vida. Si no hay vida, no tiene sentido que
existan los demás derechos fundamentales.
Derecho a la vida es el que tiene cualquier ser humano por el
simple hecho de existir y estar vivo; se considera un derecho fundamental
de la persona. La vida es el derecho más importante para los seres humanos.
El derecho a la vida es aquel derecho natural, originario y primario es
decir es un derecho fundamental que posee todo ser humano, desde el momento en
que empieza su vida hasta la muerte, a ser y a existir de acuerdo con
su dignidad.
El derecho a la vida implica:
- Es
un derecho natural, hace referencia que es un derecho
fundamental, como la vida misma; por ejemplo el honor es un derecho
natural.
- Es
un derecho originario, por que procede de la naturaleza humana considerada
en sí misma, por lo tanto es un derecho propio de los hombres en cualquier
estadio de la historia humana.
- Es
un derecho primario, porque representa a un bien fundamental de
la naturaleza humana.
Se dice que es el derecho fundamental porque derivan todos los
demás derechos; la vida humana es el sustentáculo en que todos
los derecho se afirman y sin el cual ninguno tendría realidad, todo derecho a
de apoyarse en su base natural, en el derecho de vivir.
¿Qué tiene todo ser humano?
La vida humana como derecho la tiene todo ser humano, sin distinción
alguna por motivos de raza, sexo , color ,
idioma, religión , opinión política o cualquier otra
condición: nacido o no nacido, joven o viejo, enfermo o saludable, con
apariencia humana o con malformaciones físicas, etc. Allí donde hay un ser
humano, allí está en toda su integridad, el derecho a la vida. Por lo cual se
afirma en toda su integridad EL DERECHO A LA VIDA, como propiedad esencial
de la vida humana como derecho.
¿Un nuevo ser vivo?
El derecho a la vida, se tiene durante todo el proceso vital;
proceso que empieza con la fertilización, esto es en el momento en que el
ovulo es fecundad por el espermatozoide. Este proceso culmina con la muerte.
Hay
quienes pretenden afirmar que el derecho a la vida se tiene desde el momento
del nacimiento, como si con esa condición aflorase la vida humana, "
el individuo no
comienza con el nacimiento que es un hecho accidental respecto a la existencia
misma del ser humano, en esa circunstancia o condición por importante que sea,
sino en el momento de la concepción, momento en el que se forma un nuevo ser
vivo miembro de la especia humana, distinto tanto del padre como de la madre,
por lo que pertenece a todo individuo de la especie humana, con independencia de
cualquier condición".
Es necesario
precisar que el derecho a la vida resulta ser bastante importante no sólo en
el derecho civil,
sino también en el derecho
constitucional, al igual que otros derechos de la persona humana.
CONSTITUCIÓN
Toda persona tiene derecho:
1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica
y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es
sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.
PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Protección a la vida
De
acuerdo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, las personas
pueden actuar libremente, su vida no puede ser suprimida arbitrariamente, no se
pueden tolerar los medios para
impedir su desarrollo físico,
emocional y social. Asimismo, el Estado tiene
el deber de realizar acciones de prevención y sanción del
delito de genocidio; prohibir la tortura, las penas crueles, inhumanas y
degradantes.
Ante ese marco, sí se puede afirmar que la persona es un ser con fines
propios, y estos fines sólo pueden ser realizados por decisión personal, estar exento de la imposición de otros individuos y de la
coacción de los poderes públicos que interfieran con la realización de estos
fines.
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