martes, 10 de junio de 2014

EL DERECHO A LA VIDA

El derecho a la vida significa tener la oportunidad de vivir nuestra propia vida. Si no hay vida, no tiene sentido que existan los demás derechos fundamentales.

Derecho a la vida es el que tiene cualquier ser humano por el simple hecho de existir y estar vivo; se considera un derecho fundamental de la persona. La vida es el derecho más importante para los seres humanos.
El derecho a la vida es aquel derecho natural, originario y primario es decir es un derecho fundamental que posee todo ser humano, desde el momento en que empieza su vida hasta la muerte, a ser y a existir de acuerdo con su dignidad.

El derecho a la vida implica:    
  • Es un derecho natural, hace referencia que es un derecho fundamental, como la vida misma; por ejemplo el honor es un derecho natural.
  • Es un derecho originario, por que procede de la naturaleza humana  considerada en sí misma, por lo tanto es un derecho propio de los hombres en cualquier estadio de la historia  humana.
  • Es un derecho primario, porque representa a un bien fundamental de la naturaleza  humana.
Se dice que es el derecho fundamental porque derivan todos los demás derechos; la vida humana es el sustentáculo en que todos los derecho se afirman y sin el cual ninguno tendría realidad, todo derecho a de apoyarse en su base natural, en el derecho de vivir.

¿Qué tiene todo ser humano?


La vida humana como derecho la tiene todo ser humano, sin distinción alguna por motivos de raza, sexo , color , idioma, religión , opinión política  o cualquier otra condición: nacido o no nacido, joven o viejo, enfermo o saludable, con apariencia humana o con malformaciones físicas, etc. Allí donde hay un ser humano, allí está en toda su integridad, el derecho a la vida. Por lo cual se afirma en toda su integridad EL DERECHO A LA VIDA, como propiedad esencial de la vida humana como derecho.

¿Un nuevo ser vivo?
El derecho a la vida, se tiene durante todo el proceso  vital; proceso que empieza con la fertilización, esto es en el momento en que el ovulo es fecundad por el espermatozoide. Este proceso culmina con la muerte.
Hay quienes pretenden afirmar que el derecho a la vida se tiene desde el momento del nacimiento, como si con esa condición aflorase la vida humana, " el individuo no comienza con el nacimiento que es un hecho accidental respecto a la existencia misma del ser humano, en esa circunstancia o condición por importante que sea, sino en el momento de la concepción, momento en el que se forma un nuevo ser vivo miembro de la especia humana, distinto tanto del padre como de la madre, por lo que pertenece a todo individuo de la especie humana, con independencia de cualquier condición".
Es necesario precisar que el derecho a la vida resulta ser bastante importante no sólo en el derecho civil, sino también en el derecho constitucional, al igual que otros derechos de la persona humana.

CONSTITUCIÓN

Toda persona tiene derecho:

1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física  y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.

PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 
Protección a la vida


De acuerdo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, las personas pueden actuar libremente, su vida no puede ser suprimida arbitrariamente, no se pueden tolerar los medios para impedir su desarrollo físico, emocional y social. Asimismo, el Estado tiene el deber de realizar acciones de prevención y sanción del delito de genocidio; prohibir la tortura, las penas crueles, inhumanas y degradantes.
Ante ese marco, sí se puede afirmar que la persona es un ser con fines propios, y estos fines sólo pueden ser realizados por decisión personal, estar exento de la imposición de otros individuos y de la coacción de los poderes públicos que interfieran con la realización de estos fines.



domingo, 8 de junio de 2014

LA ADOPCION

¿Qué es la Adopción?
Adoptar a un niño, niña o adolescente es asumir con amor y compromiso la maternidad y la paternidad. Es una decisión muy importante que establece un fuerte vínculo afectivo y legal con el hijo o hija. El objetivo principal de la adopción es darle al niño una familia, un hogar que pueda llamar suyos que respete sus derechos y su integridad. No se trata entonces de darle un hijo a una familia. La adopción es un encuentro entre el niño, en su necesidad y los padres en su deseo. No es un derecho de los adultos de conseguir que se les confíe un niño porque lo desean.
1A Etapa: Pre adoptiva o Evaluativa
  1. Asistencia a la Sesión Informativa.
  2. Asistencia a los Talleres de Preparación para la Adopción.
  3. Los solicitantes ingresan la Ficha de Inscripción a Mesa de partes.
  4. Evaluación psicosocial.
  5. Evaluación legal: entrega de carpeta con documentos para la evaluación legal.
  6. Declaración de aptitud (De lo contrario se resuelve la improcedencia o situación desfavorable para la adopción).
  7. Ingreso al Registro Nacional de Adoptantes.
  8. Propuestas de Designación al Consejo de Adopciones.
2A Etapa: Adoptiva
  1. Se comunica la Designación.
  2. Tienen siete días, para enviar carta de aceptación.
  3. Comunicación a alberge para preparación del niño.
  4. Etapa de Empatía: Presentación del niño con su familia; dura de cuatro a siete días hábiles.
  5. Externa miento.
  6. Etapa de Colocación Familiar con fines de adopción: dura siete días naturales, prorrogables a siete días naturales más. Durante esta etapa se realizan dos visitas una inopinada y otra concertada.
  7. Firma de la Resolución de Adopción y el compromiso de seguimiento y acompañamiento post adoptivo.
  8. Plazo de ley para que la resolución de adopción quede firme (1 día)
  9. Comunicación a la RENIEC y obtención de la nueva partida del niño, niña o adolescente adoptado.

3A Etapa: Seguimiento y Acompañamiento Post Adoptivo
En el Seguimiento y Acompañamiento Pos adoptivo Nacional, se realizan visitas semestrales a las familias por tres años. En caso de adopciones internacionales las familias o instituciones autorizadas deberán remitir informes semestrales durante un periodo de 4 años, salvo lo dispuesto en los convenios internacionales.
Adopción Internacional
Los requisitos para la Adopción Internacional, ya sean de Parejas  Peruanas, Mixtas o Extranjeras residentes en el Extranjero se explican en el punto 19 de las Preguntas Frecuentes.


 







EL DERECHO A LA VIDA



 El derecho a la vida significa tener la oportunidad de vivir nuestra propia vida. Si no hay vida, no tiene sentido que existan los demás derechos fundamentales.

El derecho a la vida es el que tiene cualquier ser humano por el simple hecho de existir y estar vivo; se considera un derecho fundamental de la persona. La vida es el derecho más importante para los seres humanos.
El derecho a la vida es aquel derecho natural, originario y primario es decir es un derecho fundamental que posee todo ser humano, desde el momento en que empieza su vida hasta la muerte, a ser y a existir de acuerdo con su dignidad.

El derecho a la vida implica:
  • Es un derecho natural, hace referencia que es un derecho fundamental, como la vida misma; por ejemplo el honor es un derecho natural.
  • Es un derecho originario, por que procede de la naturaleza humana  considerada en sí misma, por lo tanto es un derecho propio de los hombres en cualquier estadio de la historia  humana.
  • Es un derecho primario, porque representa a un bien fundamental de la naturaleza  humana.
Se dice que es el derecho fundamental porque derivan todos los demás derechos; la vida humana es el sustentáculo en que todos los derecho se afirman y sin el cual ninguno tendría realidad, todo derecho a de apoyarse en su base natural, en el derecho de vivir.

¿Qué tiene todo ser humano?

La vida humana como derecho la tiene todo ser humano, sin distinción alguna por motivos de raza, sexo , color , idioma, religión , opinión política  o cualquier otra condición: nacido o no nacido, joven o viejo, enfermo o saludable, con apariencia humana o con malformaciones físicas, etc. Allí donde hay un ser humano, allí está en toda su integridad, el derecho a la vida. Por lo cual se afirma en toda su integridad EL DERECHO A LA VIDA, como propiedad esencial de la vida humana como derecho.

¿Un nuevo ser vivo?
El derecho a la vida, se tiene durante todo el proceso  vital; proceso que empieza con la fertilización, esto es en el momento en que el ovulo es fecundad por el espermatozoide. Este proceso culmina con la muerte.
Hay quienes pretenden afirmar que el derecho a la vida se tiene desde el momento del nacimiento, como si con esa condición aflorase la vida humana, " el individuo no comienza con el nacimiento que es un hecho accidental respecto a la existencia misma del ser humano, en esa circunstancia o condición por importante que sea, sino en el momento de la concepción, momento en el que se forma un nuevo ser vivo miembro de la especia humana, distinto tanto del padre como de la madre, por lo que pertenece a todo individuo de la especie humana, con independencia de cualquier condición".
Es necesario precisar que el derecho a la vida resulta ser bastante importante no sólo en el derecho civil, sino también en el derecho constitucional, al igual que otros derechos de la persona humana:

CONSTITUCIÓN

Toda persona tiene derecho:

1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física  y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.












PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS 
Protección a la vida

De acuerdo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, las personas pueden actuar libremente, su vida no puede ser suprimida arbitrariamente, no se pueden tolerar los medios para impedir su desarrollo físico, emocional y social. Asimismo, el Estado tiene el deber de realizar acciones de prevención y sanción del delito de genocidio; prohibir la tortura, las penas crueles, inhumanas y degradantes.
Ante ese marco, sí se puede afirmar que la persona es un ser con fines propios, y estos fines sólo pueden ser realizados por decisión personal, estar exento de la imposición de otros individuos y de la coacción de los poderes públicos que interfieran con la realización de estos fines.



el acoso escolar , bullying





EL  ACOSO ESCOLAR O EL BULLYING


Educar es una tarea muy difícil ya que los padres ni las madres son expertos en  pedagogía o han nacido ya preparados para educar a sus hijos. Pero la familia se  construye y su estado es considerado esencial para la socialización de los niños, a través  de la transmisión de valores, normas, comportamientos, etc. 
La familia es el primer grupo social donde el niño recibe una serie de influencias  decisivas que van a permitirle o no un desarrollo moral.

La familia realiza tres funciones primordiales  como Institución Social: 
1. Asegura la supervivencia física del recién nacido. 
2. Ayuda a la construcción de la identidad del niño a través de los  procesos de interacción y de vínculos afectivos que se establecen en  su seno. 
3. Transmite la cultura básica que puede captar el niño: normas, valores,  costumbres, hábitos, prejuicios, etc.
El clima afectivo que se genere en el seno familiar con respecto al niño/a va a  marcar su posterior desarrollo de la personalidad y desarrollo social. 
De los padres va a depender fundamentalmente el clima afectivo que el niño va  asimilando, y el sistema de creencias y valores que tienen los padres respecto a la  educación de sus hijos, determina las actitudes que adoptan en su relación con ellos. 
EL PAPEL DE LA FAMILIA
MAdre consuela el hijo acosado

La familia constituye el referente más inmediato en el desarrollo social  del niño, sobre todo en la primera infancia. En ella, se desarrollan las primeras normas  morales y sociales, los valores, las actitudes, los prejuicios, los modelos a imitar, etc.

En estos primeros años de vida, los padres son los referentes morales y sociales del niño. 
El niño-a adquiere gran parte de los patrones de personalidad y de  conducta social a través de la imitación directa y activa de las conductas y actitudes que  observan en sus padres.

Por todo ello, la familia es la que tiene que establecer en casa unas  actitudes, hábitos y comportamientos aceptables por la sociedad, informando a sus  hijos-as de lo que es reprobable y lo que es aceptable tanto en casa como en otros  contextos sociales.

Los expertos en acoso escolar establecen que las actuaciones de los padres que pueden dar lugar a que sus hijos-as adquieran conductas agresivas pueden  ser: 

a) La ausencia de reglas 
b) La falta de supervisión y de control razonable de la conducta  de los hijos fuera del colegio, de lo que hacen y con quién van 
c) Una disciplina demasiada dura 
d) La falta de comunicación 
e) Y la ocurrencia de tensiones y de peleas en la familia 

ACTUACIONES DE LA FAMILIA PARA EVITAR EL 
ACOSO ESCOLAR 
Tanto la familia como la escuela pueden establecer reglas para  evitar el acoso escolar. 
Existen cursos y reuniones de escuela de padres y madres que  pueden orientar a los progenitores acerca de lo que puede hacer para mantener alejados  a sus hijos del Bull ying. 

EL PAPEL DE LA ESCUELA 
La escuela es una institución educativa que tiene como objetivo al igual  que la familia educar y socializar a los niños-as.

ACTUACIONES DE LA ESCUELA PARA EVITAR EL 
ACOSO ESCOLAR 

 La Escuela y el Equipo Docente pueden tomar las siguientes  medidas para evitar que se produzca Bull ying entre los miembros que componen la  comunidad escolar: 

1. No cerrar los ojos a la realidad. 
2. Establecer reglas para evitar el Bull ying. 
3. Mantener un buzón de sugerencias y de quejas siempre  abierto. 
4. Tratar el tema a través de cursos, conferencias o tutorías. 
5. Poner a cuidadores o vigilantes en el comedor, en el recreo y  en otras zonas de riesgo. 
6. Introducir y mantener asignaturas de educación en valores. 
7. Intervenir de una forma rápida, directa y contundente en el  caso de que haya alguna sospecha de acoso escolar. 
En complicidad con el centro escolar los profesores deben  colaborar en la identificación de algún caso, o simplemente estableciendo con sus  alumnos unas normas de no agresión.